V.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la Demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, Fundamentado en el Articulo 185 del Código Civil Venezolano y en concordancia con las Sentencias Nros. 136 y 1070, de fechas 30/03/2017 y 09/12/2016, respectivamente, Dictada por la Sala de Casación Civil y por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente-, interpuesta por el Profesional del Derecho: OMAR JOSE SALAZAR MARCANO, Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 237.373, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIZAIDA DEL CARMEN JIMENEZ ZAPATA, vene.....