declara CON LUGAR, la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados LEOPOLDO ANTONIO QUINTANA VELÁSQUEZ y JOSÉ GREGORIO SILVA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 74.789 y 134.357, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana EMMA MARÍA PORTO ARRÁZOLA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° E-1.011.810, contra la ciudadana CARMEN DELLANIRA CARREÑO VILLARROEL, titular de la Cédula de Identidad N° 9.428.843, en su condición de Registradora Pública de lo Municipios Mariño y García del estado Nueva Esparta, y en consecuencia, se ordena a la mencionada ciudadana en su condición de Registradora Pública de lo Municipios Mariño y García del estado Nueva Esparta proceda de inmediato a protocolizar la copia certificada del Documento de Venta de Derechos y Acciones, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 15 de diciembre de 2005.....