DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA a favor del ciudadano AVILIO JUNIOR COY RINCON, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cèdula de Identidad No. 17.636.455, fecha de nacimiento 07-04-80, de 29 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Avilio Coy y Rubia Rincón, residenciado en la Urbanización Ciudad Rafael Caldera, calle 210, avenida 47L-40 CA FDO, Hato Soler avenida Principal, frente a la Panadería Funda Barrio, Maracaibo, estado Zulia, y en consecuencia SE DECRETA LA COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se ordena la rem.....