Por todo lo antes expuestos de hecho y de derecho, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: FIJA PLAZO DE PRORROGA, de quince (15) días, a partir del día 18 de julio de 2009, en la causa penal seguida al ciudadano SALVADOR ELIAS CURE GOMEZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, fecha de nacimiento 19/10/1980, edad, 28 años, titular de la cédula de identidad No. 15.381.453, soltero, albañil, hijo de Salvador Elías Cure y Carmen Cecilia Gómez, residenciado en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle 6, casa s/n, Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, come.....