declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del niño ENDER DARIO NAVA MOSQUERA, identificada con el Nº 232 del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Monseñor Marcos Sergio Godoy del Municipio Mara del Estado Zulia; en consecuencia, queda rectificada la referida acta de nacimiento, en virtud de que la cédula de identidad del padre del niño de autos es "11.287.966", asimismo el nombre del padre del niño de autos es "HENRRY".
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Monseñor Marcos Sergio Godoy del Municipio Mara del Estado Zulia, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota marginal señalando que la misma fue objeto de rectificación según la p.....