En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, presentado por el ciudadano WILLIAN ALBERTO AZUAJE PEREZ, titular de la cedula de identidad numero V-.18.149.968, asistido por el Abogado en ejercicio en ejercicio GABRIEL ARCANGEL PUCHE URDANETA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 29.098, contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ZULIA, relativo a conceptos laborales.