(...)declara: PRIMERO: Sin Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado ISAIAS CARRERAS D¿ ENJOY, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARÍA TERESA POMOLI MUÑECAS y GUSTAVO MAESO LANDO, contra el auto de fecha 11-03-2008 dictado por el Juzgado Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. SEGUNDO: Se ratifica el auto de fecha 11-03-2008 dictado por el Juzgado accionado, esto es, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el cual decretó medida preventiva de secuestro sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número 601 que forma parte del Conjunto Residencial denominado El Morro de la Mar, situado en el sector conocido como El Morro de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en el vértice sur-este de la Isla de Margarita, en el sur-oe.....