V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los HEYSI DEL CARMEN RODRIGUEZ GONZALEZ y RAFAEL ALEJANDRO RODRIGUEZ PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-15.896.567 y V-13.074.907, respectivamente.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 01 de febrero de 1997, ante la Alcaldía del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta del Acta Nº 03, folio 06 y 07, Tomo I inserta en el libro de Matrimonios del Registro Civil de dicho Municipio, correspondiente al año 1997.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribu.....