Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma y su interpretación, declara CON LUGAR la solicitud en Divorcio por Incompatibilidad manifiesta de caracteres, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos TANIA COROMOTO OQUENDO DE AÑEZ y WILFREDO JOSÈ AÑEZ LOSSADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.065.289 y V-4.526.503, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, contrajeron Matrimonio Civil en fecha cinco de noviembre de 1971, ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirà, Municipio Maracaibo del Estado Zulia., tal como se evidencia del acta de matrimonio Nº 427, ac.....