Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ANTONIO JESÚS GONZALEZ GONZALEZ y WILFRIDA ANTONIA CUAMO en fecha veintiséis (26) de julio de mil novecientos sesenta y cinco (1965), por ante el Jefe Civil y Secretaria, respectivamente, del Distrito Mauroa (hoy Municipio Mauroa) del Estado Falcón, tal y como se evidencia de Acta de Matrimonio No. 36 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-