Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por las profesionales del Derecho JOHANY ANDREA VERGEL DUARTE y MARIONY MARTÍNEZ ÁVILA, en su carácter de Fiscales Auxiliares Interinas de la Sala de Flagrancia adscritas a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del estado Zulia.
SEGUNDO: ANULA DE OFICIO la decisión N° 529-14, dictada en fecha 10 de mayo de 2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: DECRETA la LIBERTAD PLENA (SIN RESTRICCIONES) del imputado de autos, por tanto, quedan sin efecto las medidas cautelares impuestas.
CUARTO: ORDENA oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones El Marite a los fines de hacer efect.....