Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del causante ISIDORO JOSÉ ROJAS NAVAS, a las ciudadanas AIZQUEL DEL VALLE ROJAS SALOM, ISMAR PAOLA ROJAS SALOM, KAREM VIRGINIA ROJAS SALOM, MARIA ALEJANDRA ROJAS NAVA y YULIANIS MARIA ROJAS INCIARTE, plenamente identificadas, en su condición de hijas del de cujus, y a la ciudadana MARBELLA GREGORIA SALOM MENDEZ, en su condición de concubina del de cujus. Se dejan a salvo los derechos de terceros.