DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por los ciudadanos CARMEN OSPINO MOZO y CARLOS JOSE TOVAR QUERALES, en beneficio de la niña YORVELIS DE LOS ANGELES TOVAR OSPINO, en fecha 18-04-2013, por la Defensoría anteriormente mencionada, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los 16 días del mes de Mayo de 2.013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal Nº 1,
Dr. Héctor Ramón Peñaranda Quintero. .....