Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Juez Unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Designa Curador Ad Hoc de los niños SE OMITE NOMBRE, de diez (10) y ocho (8) años de edad, al ciudadano: LEONEL ALESSANDER ARRIETA DURAN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 11.453.108, de conformidad con lo establecido en el articulo 110 del Código Civil. Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1385 del Código Civil, y los numerales 3 y 9 del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Ju.....