Por todos los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia por todos los argumentos antes expuestos de hecho y derecho, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR: La solicitud del examen y revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad por una Menos Gravosa, de conformidad con los Artículos 256 numeral 3°, 259, 260 y 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal , en relación con los artículos 8, 9 243, 244 y 247 ejusdem, a favor del imputado ANGEL IGNACIO CAMARGO UZCATEGUI, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, de 60 años de edad, nació en fecha 30-12-1945, Divorciado, Comerciante, titular de cédula de identidad Nº 1.582.425, residenciado en la carretera Panamericana. Sector El Carmen, frente a la Bomba de Gasolina El Carmen, casa s/n, Municipio Sucr.....