Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JHONNY ALFREDO VALLERA RONDON , titular de la cédula de Identidad Nº V-14.568.255 de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Estado Zulia, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 24-11-1976, soltero, artesano , hijo de Valmore Vallera y Mery Rondon , residenciado en el Barrio Estrella del Sur, Casa N° 123, Calle 194 a dos cuadras del Abasto Dos Mil., EL REGIMEN ABIERTO como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con lo establecido e n el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondient.....