En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
A) SIN LUGAR las cuestiones previas contenidas en los Ordinales 2º Y 6º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil referidas en la presente causa a la falta de Cualidad e Interés y al defecto de forma del libelo de demanda, alegadas por el Abogado OSCAR MEDIAVILLA actuando con el carácter de representante legal de los ciudadanos JUANA DE LOPEZ y CARLOS LOPEZ, en el juicio de Cobro de Bolívares por Accidente de Tránsito seguido por la ciudadana MIRLA RODRIGUEZ.
B) Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE.