En este estado el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargados preventivamente los bienes señalados y descritos con anterioridad por la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES ( Bs.1.570.000,oo). Asi mismo vista la solicitud del apoderado actor, abogado CESAR NAVA, el tribunal provee de conformidad con lo solicitado y en consecuencia, acuerda fijar los bienes legalmente embargados en este acto en posesión de quien se encontraban al momento de la ejecución en calidad de guardadores y responsables de los mismos, haciéndole saber que deberá cuidar de ellos con la diligencia de un buen padre de familia, todo de conformidad con el articulo 11 de la Ley sobre Deposito Judicial. Siendo la una y cuarenta minutos de la tarde se da por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman
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