PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ÁNGEL DE JESÚS CAÑAS contra la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., por motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar a la Procuradora General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.