este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho JUAN GERARDO AVILA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de marzo de 2010, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE REPONE la causa al estado de una nueva reconstrucción del presente expediente, TAL Y COMO SE INDICO EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA DECISION. 3) QUEDAN ANULADAS todas las actuaciones habidas en el presente procedimiento con excepción de las celebradas con motivo de la denuncia del expediente extraviado.