DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso de invalidación interpuesto por la abogada Isabel Delgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 126.832, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil VALORES AGROPECUARIOS RODAMA S.A. (RODAMA S.A.), en contra de la Sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 20 de marzo de 2007, por haber operado la CADUCIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 del Código de Procedimiento Civil.