En relación a este planteamiento, el otorgamiento de tales privilegios está condicionado a la prevalencia que debe imperar del interés general sobre el interés particular, y en este sentido, siendo que la empresa demandada es una empresa cuyo único accionista es el Estado venezolano, como lo es, Petróleos de Venezuela S. A., la cual constituye la fuente más importante de ingresos de la República, y los hidrocarburos son bienes de la Hacienda Pública del Estado venezolano, y en consecuencia propiedad del Fisco Nacional, por lo que la acción intentada necesariamente afecta los intereses patrimoniales de la República, y por ende al interés general, puesto que las actividades de Petróleos de Venezuela, S.A. y sus filiales juegan un papel preponderante en la economía nacional, y la eventual afectación de su patrimonio en definitiva incide en el patrimonio de la Nación.
Según los estatutos de Petróleos de Venezuela S.A., publicados en Gaceta Oficial Nº 37.588 de fecha 10 de diciembre de 20.....