D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MARLON J. GAVIRONDA, con el carácter que tienen acreditado en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 31 de marzo de 2006; en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ESTEBAN ALBERTO SANCHEZ VILLEGAS contra la Compañía de SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., ambos suficientemente identificados en autos. En consecuencia, SE ORDENA a la demandada que pague a la actora la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 44.240.000,00), que actualmente equivale a la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUAR.....