Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 en su ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, seguido por el ciudadano CARLOS ALBERTO ORDOÑEZ VALBUENA, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 13.704.143 y domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la Sociedad Mercantil LINEA S,A (LISA).
No hay condenatoria en costas en razón de la decisión.
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