En razón de lo anterior, por cuanto es la voluntad de la parte recurrente desistir del recurso de apelación interpuesto en fecha 18-11-2022 en contra de la decisión dictada en fecha 25-10-2022 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, y siendo que la ciudadana MARÍA EUGENIA ROSI MONTES, debidamente asistida por el abogado EFRAIN JESÚS MORENO NEGRÍN, facultada por ser la parte demandada y recurrente para plantear dicho desistimiento, tal y como se evidencia en autos; este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, le imparte la HOMOLOGACIÓN al presente desistimiento y declara:
PRIMERO: CONSUMADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARÍA EUGENIA ROSI MONTES, parte recurrente en el presente procedimiento, y en virtud del mismo se entiende desist.....