DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Juzgado Único en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del ciudadano NELSON ANTONIO BARRIOS SERRANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD No V-20.861.540, quien ha estado efectivamente privado de su libertad desde el día 20-01-2014, hasta el día 16-03-2018, fecha en la cual se realiza el presente cómputo RESULTANDO NUEVE (09) AÑO, CUATRO MESES (04) Y CATORCE (14) DIAS. mas el lapso de redención de SIETE (07) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. el tiempo de privación en resultado CUATRO (04) AÑO, NUEVE (09) MESES Y TRECE (13) DIAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos.....