DECLARAR en estado de ejecución la Sentencia Definitiva N° 03, de fecha veintiuno (21) de febrero de 2018, en la cual se acordó CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil Venezolano y en el mutuo consentimiento tipificado como causal de divorcio, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Vinculante N° 693, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 02 de junio de 2015, formulada por los ciudadanos: LENIN ANGEL SUÁREZ CARROZ y YAMISOL DEL VALLE ATENCIO PORTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.916.202 y V-12.621.814, en su orden. En consecuencia, queda DISUELTO el matrimonio civil, contraído en fecha veintitrés (23) de marzo del año mil novecientos noventa y uno (1991).