"PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA en cuanto al EJERCICIO DE CUSTODIA, incoado por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, especialista en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial por requerimiento de la ciudadana YOJANA CRISTINA BRITO MOYA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº: V-18.401.113, en contra del ciudadana LUIS MIGUEL GARCIA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, de este domiciliado y titular de la cedula de identidad Nº: V-14.221.928. En consecuencia se OTORGA, a la ciudadana YOJANA CRISTINA BRITO MOYA , EL EJERCICIO DE CUSTODIA, de sus hijas, las niñas "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"respectivamente, quedando facultado la referida ciudadana para custodiarlos, vigilarlos, asistirlos y ejercer su representación legal ante instituciones educativas .....