INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la abogado ELIZABETH HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y con el carácter de Presidente en representación de la Sociedad Mercantil HOTEL LAGO DE LOS CISNES, C.A.; y, por vía de consecuencia.
Queda de esta manera CONFIRMADA la decisión recurrida.
No se hace pronunciamiento sobre costas procesales dada la naturaleza de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil siete (2007). Año: 196º de l.....