y por Autoridad de la Ley declara  CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LOLYMAR DEL VALLE VELASQUEZ FIGUEROA y PEDRO LEONCIO FERNANDEZ, venezolanos, mayores   de   edad,   titulares  de  las  Cédulas de Identidad Nos. V-12.505.821  y  V-10.199.021respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil.  En consecuencia  se declara   disuelto  el   vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 28-05-1998 por ante el Registro Civil del Municipio García del Estado Nueva Esparta.
  PUBLIQUESE Y REGISTRESE  
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de  la  Circunscripción  Judicial del Estado 
Nueva Esparta, En la Asunción, a los dieciséis (16) días del mes de Marzo del -2007.- Años 196º  de la Independencia y 148º de la Federación.   
Juez  Unipersonal Nº 1 (SE)
 Dra. Eudy Díaz Díaz
 				     			  	El Secretario  Temporal
												
En la misma fecha, sie.....