Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, solicitada por el Representante del Ministerio Público, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el Código Penal, cometido en perjuicio de ALEJANDRO VALLEJO, LEONARDO LÓPEZ, YONDRICK JOSÉ SÁNCHEZ y GERARDO ROMERO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, Notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal correspondiente CÚMPLASE.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. GRISELDA VILLALOBOS MANRIQUE
LA SECRETARIA
TANIANA RINCON
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