Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, en cuanto a la fecha de nacimiento de la beneficiaria la cual deberá aparecer en lo sucesivo como "11 DE JULIO DEL 2.002", Partida ésta asentada en Jefatura Civil de la Parroquia José Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara , bajo el N 195, del libro de Nacimientos