Por los fundamentos expuestos este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos LEYDA COROMOTO FERNANDEZ ROJAS y ALBERTO ANTONIO MOLLEJA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-21.510.683 y V-12.440.946, respectivamente, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia La Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia., de fecha 19 de diciembre del 2014, como se evidencia de Acta de matrimonio No.184, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente fallo.
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