DECISIÓN
Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho incoado por el ciudadano MIGUEL GERARDO PASQUARELLI GIL, debidamente asistido por la abogada MARIELITA IDROGO OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el nº 45.435, contra el auto de fecha 31 de enero de 2017, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se revoca el referido auto, y se ordena escuchar la apelación en el efecto devolutivo.