Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMEINTO DEFINITIVO de la Causa seguida al Adolescente (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), de 15 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.658.178, fecha de nacimiento 25-09-1991, hijo de Rosa Elena Hernández Lobo y Gonzalo González, residenciado en Residencias Ciudad El Sol, Bloque 3, Apartamento 00-01, (Bloques Nuevos), Municipio San Francisco, Estado Zulia, por el delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS en calidad de AUTOR, previsto en el Artículo 376 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del Adolescente (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPN.....