´ÚNICO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO pretendida sobre las acciones propiedad de los ciudadanos Hernán José Barboza Russian y Ana Isabel Trejo de Barboza, antes identificados, en la sociedad civil con forma mercantil Frigorífico El Milagro C.A. (FRIMICA), surgida en el marco del procedimiento de cobro de bolívares, interpuesto por la ciudadana Milbet Josefina Barboza Fernández, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número 11.287.758, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de los ciudadanos Guillermo Andrés Barboza Trejo, Hernán José Barboza Russian y Ana Isabel Trejo de Barboza, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números 25.181.253, 10.408.974 y 10.419.065, el primero en su condición de deudor principal, y los últimos nombrados, en su condición de fiadores solidarios de la obligación asumida por aquél.
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