DISPOSITIVA
Vistas las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por los ciudadanos TOMMY RICARDO VIERA BRAVO y ADRIANA VENTURA MARQUES REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-16.544.534 y V-16.618.262 contra la ciudadana OMAIRA DEL VALLE LEÓN COY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.488.259.
SEGUNDO: Se condena a la demandada ciudadana OMAIRA DEL VALLE LEÓN COY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.488.259, que en cumplimiento del contrato de opción de compra venta suscrito en fecha 18-01-2017, efectúe la tradici.....