DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación presentado por los abogados NELSON GUANIPA MORILLO y ARISTIDES CUBILLAN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 21.327 y 34.158 respectivamente, en su carácter de defensor de los ciudadanos YOHANDRY ALEXANDER OVALLEZ MELEAN, MEDARDO JOSE ZAMBRANO y ALVARO JOSE PELUFO, [...], contra la decisión signada con el N° 1638-13, de fecha 09 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; en atención a la manifestación de voluntad expresa realizada por los mencionados ciudadanos en su carácter de imputados en el asunto N° VP02-R-2013-001328, de conformidad con lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal.