Se considera que la notificación ordenada fue efectivamente cumplida; asimismo, visto que el decreto intimatorio ya fue ejecutado conforme se observa de las Planillas de Liquidación canceladas y consignadas en actas el 13 de agosto de 2009 (folios 63 al 67 de la pieza de medidas) y que, previamente ya había sido declarado terminado el procedimiento, este Tribunal ordena el ARCHIVO del expediente.