En tal sentido, y en aras de garantizar y salvaguardar los derechos e intereses del prenombrado beneficiario respecto a la manutención la cual comprende lo indispensable para el desarrollo integral de todo niño, niña y adolescente y que engloba lo referente al sustento, vestido, habitación, educación cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes que requiere EDUVIL ALEJANDRO ALVARADO PEREZ, para alcanzar un nivel de vida adecuado, esta juzgadora de conformidad con lo establecido en el artículo 381 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes en concordancia con lo estipulado en el artículos 5, 8 y 30 ejusdem, y artículos 180 y 182 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dicta Medida Embargo Ejecutivo de retención por concepto de Obligación de Manutención en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES en consecuencia se ordena rete.....