El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora ciudadana BEATRIZ PINEDA DE SANSONE , 2) SIN LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por las co-demandadas Sociedades Mercantiles DIARIO LA VERDAD C.A. y SINERGIA EDITORIAL C.A., a la demandante ciudadana BEATRIZ PINEDA DE SANSONE. 3) SE ORDENAal Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dictar sentencia pronunciándose sobre el mérito de la controversia, conforme a lo dispuesto en sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, con ponencia del Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO de fecha 14 de noviembre de 2007 en el caso ERASMO ALEXIS MARIN contra CONCEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO MIRANDA, todo en virtud al principio de la doble instancia.