Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra del ciudadano AGOSTINHO VALENTE DOSANTOS, Portugués, C.I. N° E-81.310.887, Soltero, Comerciante, domiciliado en La Urb. La Floresta, Edif. Torre A, Apartamento 5C, Maracaibo Estado Zulia. Por la presunta comisión de los delitos de INVASIÓN DE INMUEBLE y AMENAZAS, cometidos en perjuicio del ciudadano MERVIN JOSÉ URDANETA URDANETA, Venezolano, C.I. N° V-4.523.085, Natural de Maracaibo, Casado, Comerciante, Residenciado en el Sector Las Mercedes, Calle 65, Casa N° 3E-41, Maracaibo Estado Zulia; todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 318, Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 65 del Código Penal en su ordinal 3º. ASÍ SE DECI.....