Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUCIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguió la ciudadana LESBIA MIGDALIS SANCHEZ VALE contra el ciudadano VICTOR RAMON TORRES. En consecuencia se condena al demandado a dar cumplimiento a la obligación de cancelar la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 317.400,oo) correspondientes a los cánones no cancelados durante los doce (12) meses últimos que habitó el inmueble ubicado en el Sector "La Salina del Sur", en Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda Estado Zulia, con su respectivo incremento y los intereses moratorios causados hasta la fecha, cantidades éstas que serán determinadas mediante experticia complementaria que por este fallo se ordena realizar.-
Se condena en costas a la demandada por haber sido ven.....