el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte su aprobación homologándolo, le da el carácter de cosa juzgada el cual surtirá efectos respecto al ciudadano William Enrique Reverol.
La Juez,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
La Secretaria,
Abog. Ada Jiménez.
Exp. 1.654-06.