DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por incoada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL MATA GARCIA y YAMANIR MENDOZA MARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 17.848.334 y V.- 17.111.109 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio LAURA DE RISEIS CASTILLO, inpreabogado número 112.425, mediante la cual solicitan se declare el Divorcio conforme al articulo 185 A del Código Civil, alegando para ello, la ruptura prolongada de su vida en común; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA, contraído en fecha 03.04.2009 ante la Directora del Registro Civil.....