este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, presentada por los abogados los Abogados en ejercicio SIMON EDUARDO PALMA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 63.725, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana DIANA CAROLINA LOPEZ DE MELENDEZ, y por otra parte, el abogado SCHLAYNKER JOHAN FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.073, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, TOMAS SHATKI AND RELAX, C.A., dándole efecto de Cosa Juzgada, conforme a lo previsto en el ordinal 2, del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.-