En consecuencia, vista la anterior consideración, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO presentado por la apoderada actora en los términos contenidos en la diligencia presentada ante este despacho, adquiriendo carácter en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la devolución de los documentos originales solicitados previa certificación en actas de los mismos.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YBRAIN RINCÓN MONTIEL.
LA SECRETARIA,
ABOG. GABRIELA BRACHO AGUILAR, MG. SC.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABOG. GABRIELA BRACHO AGUILAR, MG. SC.
Expediente 2.405-10.