esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la adolescente (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nro V-21.323.662, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección, Abg. Maria Celeste de Castro. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano LENIN JOSÉ RIVAS VILLARROEL fallecido ab-intestado en fecha 14-09-2010, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro V.- 11.142.692, a los adolescentes (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 21.323.662, 20.903.105, respectivamente, dejándo.....