Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185A del Código Civil Venezolano, propuesta por los ciudadanos FERNANDO MALDONADO GARCIA y NELCIDA DEL VALLE HERNANDEZ DE MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 4.145.426 y V- 7.902.180 respectivamente, domiciliados en la Municipio Catatumbo del Estado Zulia; en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ellos contrajeron el día veinticinco (25) del mes de julio del año mil novecientos ochenta y uno (1981), por la antes Prefectura Civil del Municipio Encontrados del Distrito Catatumbo del Estado Zulia, según acta de matrimonio No.38 y la cual se encuentra inserta en el actual Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio .....