Por las razones y fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado RICARDO CHARLES SOSA MENDOZA, venezolano, natural de Maracaibo, de 30 años de edad, soltero, de profesión u oficio Chofer, portador de la cedula de identidad Nº V-13.002.079 hijo de Neris Mendoza y Rafael Segundo Soto, residenciado en la vía que conduce a la Concepción, vía principal, Barrio los Membrillos, calle 03, al lado del Taller El Dirimo, Municipio Jesús Enrique Losada, del Estado Zulia a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por encontrarlo CULPABLE en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de DANIEL ENRIQUE SEMPRUN Y KATTY ALBURGUE, pena que deberá cumplir en bajo las condicion.....